Las semanas con puente festivo son, sin duda, unos de los mejores días para descansar que tenemos los colombianos. Y no es para menos, pues Colombia es el país con más días feriados de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (Ocde), con 18, para ser exactos.
La mayoría de estos días festivos tiene un carácter religioso, como los Jueves y Viernes Santos. Otros están relacionados con la historia nacional, siendo la Batalla de Boyacá y la Independencia de Colombia algunos de ellos. Asimismo, existen días como la Navidad y el Día del Trabajador, que se conmemoran a nivel internacional.
En Colombia, estas fechas especiales, no siempre era posible para las familias vacacionar, o para los trabajadores descansar de su jornada laboral, pues gracias a una particular ley la mayoría de días feriados dejaron de dividir la semana en dos y se convirtieron en ‘puentes’, tres días que se sienten como un fin de semana largo.

Los viajes, salidas y demás planes de “puente” son posibles gracias al cartagenero Raimundo Emiliani Román, uno de los senadores y exministros más reconocidos del Partido Conservador.
Emiliani (1914- 2005) fue congresista, embajador, escritor de siete libros, catedrático, miembro de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, ministro de Trabajo y de Justicia. Se destacó por promover el subsidio y las cajas de compensación familiares, además de velar por el respeto a los Derechos Humanos durante la creación de la última Constitución.

Sin embargo, en la historia de Colombia se recuerda por la famosa “ley Emiliani”, la cual permite que 10 de los 18 días festivos en el país se trasladen al lunes siguiente en el calendario si su fecha original cae entre los días martes y domingo.
La histórica medida fue aprobada el 6 de diciembre de 1983, con el título oficial de ‘Ley 51, por la cual se traslada el descanso remunerado de algunos días festivos’.
En el texto afirma que todos los trabajadores, tanto del sector público como del privado, tienen derecho al descanso remunerado en los días de fiesta, ya sea de carácter civil o religioso.
Y específica que “el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día”.
La ley únicamente tiene cuatro artículos y ocho párrafos, convirtiéndose en “una de las leyes más breves y concisas de la historia colombiana”, según menciona Gossain.
Si bien es cierto que muchos de los sectores se cierran durante los días festivos, y con más razón si se trata de un puente, estos fines de semana largos benefician a los servicios de transporte, turismo y recreación de Colombia.
«Tradicionalmente, los puentes festivos han sido un importante impulsor del turismo», afirma Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (Anato).
Es así como los puentes festivos, más allá de unos días libres, ayudan a las pequeñas y medianas empresas que viven del turismo, a los comerciantes y los artesanos que con alegría reciben a sus visitantes.